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    Con varios reveses declara TET conclusión del proceso electoral

    Hubo diversos casos abordados erróneamente que pusieron en evidencia la deficiencia con que actuó la autoridad jurisdiccional

    Con diversos reveses en casos importantes que fueron impugnados ante instancias superiores y que evidenciaron la deficiencia con que actuó el Tribunal Electoral de Tlaxcala (TET), el pasado lunes la autoridad jurisdiccional dio por concluido oficialmente el proceso electoral local ordinario después de haber emitido las últimas resoluciones derivadas del mismo.

    Es de recordar que la Sala Regional Ciudad de México y posteriormente la Superior, ambas del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocaron las determinaciones que tomó el TET al haber anulado la votación en Huamantla y convocado a elecciones extraordinarias, lo cual fue rectificado por la instancia superior y dejó firme el triunfo de Salvador Santos Cedillo en ese municipio.

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    Aunado a lo anterior, también fue modificada su determinación de quitarle el triunfo a la morenista Ana Bertha Mastranzo Corona en el Distrito local 15, para dárselo a Guillermo Hueyotlipan Barrón de Movimiento Ciudadano, lo cual también modificaba la asignación de las diputaciones plurinominales y daba espacio a Marcela González Castillo.

    De esta forma, en sesión extraordinaria del pasado 3 de septiembre, el Pleno del TET emitió las últimas resoluciones promovidas ante esa instancia, pues conforme a los registros de los medios de impugnación substanciados ante ese órgano jurisdiccional, así como los remitidos ante las Salas antes mencionadas ya no se tenía ya ninguno pendiente.

    Con lo abordado el pasado lunes, entre lo que se encontró el juicio de la ciudadanía promovido por la síndica municipal propietaria del municipio de Apizaco, en el que el TET consideró parcialmente cumplida la sentencia dictada el 29 de julio, en la que ordenó tomar protesta a la actora, restituirla en el ejercicio de su encargo y el pago de la retribución económica por el ejercicio del mismo.

    De igual forma, la autoridad jurisdiccional abordó el Acuerdo Plenario del Juicio de la Ciudadanía TET-JDC-223/2024 y acumulados, donde tuvo por cumplida de manera total la sentencia emitida el 5 de agosto, así como lo ordenado por la Sala Regional Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, el cual revocó parcialmente el acuerdo ITE-CG 224/2024, a través del cual aprobó la integración de ayuntamientos y la asignación de regidurías por el principio de representación proporcional.

    También, el Pleno del TET presentó el Acuerdo Plenario del Juicio de la Ciudadanía TET-JDC-324/2024 y acumulados, a través del que se modificó el acuerdo ITE-CG 232/2024 emitido por el Consejo General del ITE, respecto del procedimiento realizado para la asignación de regidurías por el principio de presentación proporcional de Apizaco y, por la otra, revocar la asignación de regidurías del de Yauhquemehcan.

    Además, fue sometido a consideración del Pleno el procedimiento especial sancionador TET-PES-069/2024, promovido por un ciudadano en contra del otrora candidato a la diputación local por el Distrito 10, con cabecera en Huamantla, a quien le atribuyó diversas conductas que presuntamente vulneraron su esfera jurídica, de ahí que la autoridad investigadora ordenó dar vista a la Fiscalía General de Justicia del Estado.

    EL DATO

    De acuerdo con el artículo 112 de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Tlaxcala, el proceso electoral ordinario concluirá con la declaratoria de validez que realicen los órganos del Instituto o con la última resolución que emitan los órganos jurisdiccionales relativa a los medios de impugnación interpuestos.

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