La Sala Regional determinó que fue incorrecta la interpretación del TEEH respecto al alcance de la figura de la reelección
En la sesión pública de resolución el pleno de la Sala Regional de la Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) restituyó las regidurías de representación proporcional de los ayuntamientos de Acaxochitlán y Emiliano Zapata.
En el Juicio de Revisión Constitucional (JRC) 202/2024 y acumulados el pleno, en la sesión del sábado 31 de agosto de 2024, desestimó los agravios relacionados con la indebida asignación de regidurías de representación proporcional, paridad de género, así como negativa de registro en varios ayuntamientos.
Esto, debido a que se reiteraron los argumentos de la impugnación local y no se controvirtieron las razones de la resolución impugnada o fueron novedosos al no haberse planteado ante al Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo (TEEH).
Además, el pleno de la Sala Regional determinó que fue incorrecta la interpretación del tribunal electoral local respecto al alcance de la figura de la reelección, porque las personas que hubieran ejercido una regiduría propietaria de representación proporcional en el periodo inmediato anterior tenían una prohibición expresa para ser reelectas para el mismo cargo.
En consecuencia, la Sala Regional revocó la resolución impugnada para que se restituya la asignación de regidurías de representación proporcional en los ayuntamientos de Acaxochitlán y Emiliano Zapata, además, se confirmó el acuerdo del Consejo General del Instituto Estatal de Hidalgo (IEEH), así como las constancias de asignación.