Información sobre tortura en instituciones de Puebla está reservada por cinco años

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Fiscalía no puede confirmar si hubo personas tortudadas en instancias migratorias, hospitales o Ceresos

La Fiscalía General del Estado de Puebla (FGE) no puede confirmar si hay personas que fueron torturadas en instancias migratorias, hospitales de salud mental, centros médicos o de detención, reclusorios preventivos o en los Centros de Reinserción Social (Cereso), esto se debe a que la información fue clasificada como “reservada” durante los próximos cinco años.

La información clasificada como reservada se refiere a datos, documentos o detalles que, por razones legales o de seguridad, no están disponibles para el público general. Esta clasificación se aplica presuntamente para proteger la integridad de las investigaciones y garantizar que los procesos legales no se vean comprometidos.

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Algunas características para considerarlas clasificadas son las siguientes: que la información relacionada filtre detalles que podrían perjudicar, como pruebas o declaraciones de testigos. Otro punto es la información que podría poner en riesgo la seguridad de víctimas, testigos, o incluso sospechosos, esta puede ser clasificada para proteger a las personas de posibles represalias.

Uno más es para preservar la privacidad de individuos involucrados en el proceso, se puede restringir el acceso a información que revele detalles personales o sensibles.

La reserva de información asegura que no haya influencia indebida sobre el caso, evitando que la opinión pública o las partes involucradas puedan interferir en la justicia. La fiscalía puede clasificar información sobre estrategias legales, tácticas o pruebas para mantener la ventaja en el proceso judicial.

Ante este contexto, un usuario preguntó a la Fiscalía vía transparencia (folio 210421524000446) acerca de las víctimas que han denunciado ser torturadas en instancias migratorias, hospitales, centros penitenciarios, entre otros lugares. Además, se pidió su sexo, cuántos de los casos se resolvieron en favor de la víctima y cuántos seguían en proceso judicial, sin embargo, la FGE respondió lo siguiente:

La información a la que desea tener acceso, es clasificada como reservada; clasificación que fue confirmada por el Comité de Transparencia de la Fiscalía General del Estado, mediante acuerdo ACT/036/2024 de fecha 2 de julio de 2024, la cual tendrá tal carácter por un plazo de 5 años o hasta que se actualice alguno de los supuestos establecidos en el artículo 131 de la citada norma”, se pudo leer.

La Fiscalía argumentó esta decisión agregando que los datos que el usuario desea conocer, se encuentran relacionados con las investigaciones penales que lleva el organismo, es decir, con las carpetas de investigación. “Son estrictamente reservada, toda vez que cuya utilización indebida conlleva un riesgo al desarrollo de la misma, a causa de ello, esta Fiscalía tiene impuesta la obligación de tomar las previsiones debidas para que la información que sea parte de procedimientos penales se mantenga restringida y sólo sea de acceso para las partes involucradas, subrayó.

Remató puntualizando que la Fiscalía tiene que “velar” porque terceras personas no incurran en conductas que puedan afectar arbitrariamente la vida, honra o presunción de inocencia; en suma, debe mantenerse un mayor sigilo debido a que la información puede vulnerar los puntos estratégicos de reacción, puesto que podría quebrantar los trabajos de oportunidad y avances en las indagatorias

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